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AVISO – Importantes modificaciones. Ley n. 89 del 23.06.2014 ,  en vigor desde el 08/07/2014.

Se informa que con el decreto-ley del 24 de abril 2014, n.66 (convertido, con modificaciones, en la ley del 23 de junio 2014, n.89) han sido modificados algunos importes para la emisión del pasaporte ordinario y ha sido  introducido un nuevo ítem en la tarifa de los derechos consulares que impone el cobro  de 300 euros (ver tarifa consular para valor en moneda local)para el tratamiento de la solicitud del reconocimiento de la ciudadanía italiana por parte de una persona mayor de edad.

El equivalente a 300 euros podrà abonarse a través de un depòsito bancario efectuado por ventanilla en:
BBVA-Francés
C/C en pesos: 6377-2
Nombre de la cuenta: Consulado de Italia MdP Tasas
Ùnicamente en la sucursal de Güemes  (Güemes 2648 – Mar del Plata)

Recomendamos efectuar el depósito el primer día hábil anterior al turno o bien el mismo día del turno (antes de las 11.30 hs).


Por lo que se refiere a los pasaportes, el cambio se traduce en una simplificación burocrática en beneficio de los ciudadanos y de las oficinas. En la actualidad el pasaporte se encuentra sujeto, en el momento de la emisión, al pago del costo de la libreta y al de una tasa.

Análogamente a lo que ejecutan los demás países, la normativa modifica el pago de las tasas anuales unificándolas en el desembolso de una sola tasa en el momento de la emisión. De esta manera al costo de la libreta, que ha quedado invariado en 42,50 euros, se le suma el de la tasa de 73,50 euros.
Por lo tanto el ciudadano, en vez de efectuar un pago en el momento de la emisión seguido por ulteriores pagos de tasas anuales, deberá  efectuar un solo desembolso de 116 euros (ver tarifa consular)) en el momento de la emisión del pasaporte hasta su vencimiento.

Por lo que se refiere al reconocimiento de la ciudadanía italiana por parte de un mayor de edad, esto estará obligatoriamente  sujeto al pago de un arancel administrativo equivalente a 300,00 euros a pagar en pesos argentinos en el momento de la presentación de la solicitud (ver tarifa consular). Obviamente, tratándose de un arancel para el tratamiento de un expediente, el mismo se encuentra desvinculado del resultado.

La “reconstrucción” de la ciudadanía implica la omisión, por largo tiempo, de la presentación de las actas de estado civil para su transcripción. Este servicio  ha sido hasta  ahora de carácter gratuito, aunque el estudio de la solicitudes requiera tareas particularmente onerosas para las Oficinas consulares en cuanto a recursos humanos e instrumentales. Para la legislación vigente la ciudadanía italiana se extiende  sin límites de generación, con las consecuencias que, en los países con mayor inmigración, como en América, la reconstrucción puede involucrar muchas generaciones.
Por lo tanto el pago del arancel administrativo deberá efectuarse en el momento de la solicitud aunque el expediente estuviera incompleto o fuese rechazado por falta de derecho.

Están obligados al pago todos los sujetos mayores de 18 años que pidan para sí el reconocimiento de la ciudadanía italiana.
En cambio las solicitudes para la elección, adquisición, readquisición o concesión de la ciudadanía están sujetas al arancel de 200 euros previsto por el art. 9 bis de la Ley 91/1992. Quedan exentos  de aranceles todos las solicitudes de reconocimiento de ciudadanía, a cualquier título, presentadas a nombre de menores de edad.