En fecha 4 de diciembre 2018 entra en vigor la modificación a la ley n. 91 del 5 febrero de 1992, che regula las modalidades de obtención de la ciudadanía italiana, con la introducción del art. 9.1.
Este nuevo artículo establece el requisito de un adecuado conocimiento de la lengua italiana, no inferior al nivel B1 del “Quadro comune di riferimento per la conoscenza delle lingue” como condición para el reconocimiento de la ciudadanía por los siguientes artículos de la mencionada ley: art. 5, naturalización por matrimonio con ciudadano/a italiano/a y art. 9, otorgamiento de la ciudadanía con decreto del Presidente de la Republica.
La certificación del conocimiento de la lengua debe ser efectuada en el momento de la presentación de la solicitud con:
•Un título de estudio expedido por un Instituto italiano de
instrucción pública o equivalente;
•Una certificación expedida por un ente certificador.
En este momento pueden considerarse entes certificadores, pertenecientes al sistema de “Certificazione della Lingua Italiana di Qualitá” (clicar en los links correspondientes para obtener mas informaciones sobre los certificados de lengua solicitados):
- La Societa’ Dante Alighieri
- l’Istituto Italiano di Cultura
- L’Universita’ per stranieri di Siena
- L’Universita’ per stranieri di Perugia
- L’Universita’ Roma Tre
Según lo establecido por la nueva legislación vigente, el importe debido al Ministero dell’Interno para dichos trámites es de €250,00.
Las modalidades para realizar el pago de los derechos a través de transferencia internacional seguirán siendo las mismas.
Para no correr el riesgo de que la solicitud sea rechazada se recomienda mantenerse al día siguiendo en este sitio las últimas novedades sobre las modalidades de tramitación en la secciòn Naturalizzazione per matrimonio.