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Adopciones

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RECONOCIMIENTO DE SENTENCIAS DE ADOPCION ARGENTINAS EN ITALIA

Los ciudadanos italianos inscriptos en AIRE de un Comune italiano, pueden solicitar el reconocimiento de las sentencias de adopción de sus hijos al Tribunal de Menores italiano competente.

El trámite de reconocimiento no es totalmente automático; la solicitud puede ser denegada por el Tribunal italiano competente por cuestiones tanto de forma como de fondo (quedando abierta la instancia de apelación) y puede demorar un tiempo considerable.

Si la adopción plena se produjo antes de que el adoptado cumpliera 18 años, una vez que se expide favorablemente el Tribunal de Menores italiano, se envía dicho dictamen y el acta de nacimiento del adoptado al Comune de inscripción del adoptante de ciudadanía italiana.

En caso de adopción posterior al cumplimiento de los 18 años del adoptado, o si los adoptantes de ciudadanía italiana hubieren fallecido, se ruega consultar previamente el caso en la Oficina de Ciudadanía de este Consulado.

DOCUMENTACION A PRESENTAR:
1) ACTA (no certificado) de nacimiento argentina con anotaciòn marginal referente a la adopciòn, traducida al italiano;

2) Testimonio de la sentencia de adopción plena expedida por el Tribunal argentino, legalizada por el Ministerio de Relaciones Exteriores Argentino (Arenales n. 821 Buenos Aires) y traducida al italiano por traductor público debido a la complejidad del texto jurídico;
En el texto del testimonio deben constar los siguientes datos:
a) los datos completos de adoptantes y adoptado: nombres, apellidos, lugar y fecha de nacimiento
b) fecha en que la sentencia pasò a cosa juzgada.
En el caso en que no figuren deberà solicitarse al mismo Juzgado que expida una nota ampliatoria con los datos mencionados.
En este caso ambos documentos pueden ser legalizados y traducidos en una ùnica soluciòn.

3) DNI actualizado de adoptantes y adoptado, en original y copia.

Para este tràmite y/o eventuales consultas sobre el mismo, el interesado mayor de 18 años deberà consultar por email la oficina «cittadinanza»: cit.mardelplata@esteri.it o turni.mardelplata@esteri.it .

En cambio si el adoptado es menor de 18 años, los padres deberàn presentarse ante la oficina “anagrafe – stato civile” con turno (ver: prenota on line).