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Registro de los italianos residentes en el exterior (AIRE)

Los ciudadanos italianos que residen de manera permanente en el exterior deben comunicar con prontitud cualquier modificación en sus datos personales y en el estado civil (cambio de domicilio, nacimientos, matrimonios, divorcios, etc.). Se trata de obligaciones de ley que constituyen el requisito indispensable para acceder a los servicios consulares (por ejemplo, expedición del pasaporte y de la carta d’identità, ejercicio del derecho de voto, etc.).

La inscripción al AIRE es GRATUITA.

Quiénes deben inscribirse al AIRE

La inscripción es obligatoria para:

  • los ciudadanos italianos que transfirieron su residencia desde Italia al exterior, incluidos aquellos que adquirieron la ciudadanía italiana por procedimientos de reconstrucción llevados a cabo en un municipio italiano. La inscripción en el AIRE implica la baja simultánea del Registro de la Población Residente (A.P.R.) del municipio de proveniencia.
  • las personas nacidas y residentes en el exterior que posean la ciudadanía italiana;

ATENCIÓN:

      Los ciudadanos italianos que han residido siempre en el exterior y reconstruyeron la ciudadanía italiana en este Consulado no necesitan realizar ninguna declaración, debido a que el Consulado ya ha solicitado la inscripción en el A.I.R.E. al municipio italiano de origen. En cambio, la declaración deberá ser realizada por los ciudadanos que hayan reconstruido la ciudadanía en otras Sedes.

¿Qué ocurre si no me inscribo en el A.I.R.E.?

Cualquier persona que incumpla con las disposiciones de la Ley Nº 1228 del 24 de diciembre de 1954, de la Ley Nº 470 del 27 de octubre de 1988, y de los reglamentos de ejecución de las citadas leyes, estará sujeta a sanciones administrativas pecuniarias, tal y como prevé la Ley Nº 213 del 30 de diciembre de 2023. La autoridad competente para la comprobación y la imposición de la sanción es el municipio en cuyo registro esté inscrito el infractor.

El procedimiento de verificación y sanción a cargo de los municipios se rige por la Ley n.º 689 del 24 de noviembre de 1981, cuyo artículo 1 establece que «Nadie podrá ser objeto de sanciones administrativas si no es en virtud de una ley que haya entrado en vigor antes de la infracción».

Quiénes no deben inscribirse en el AIRE

No deben inscribirse en el AIRE:
– los ciudadanos que se trasladan al extranjero por motivos de duración limitada que no supere los doce meses;
– los ciudadanos que se trasladan al extranjero para ejercer trabajos de carácter estacional;
– los funcionarios del Estado italiano en servicio en el extranjero y las personas que conviven con ellos, que hayan sido notificados a las autoridades locales conforme a las Convenciones de Viena sobre Relaciones Diplomáticas (1961) y sobre Relaciones Consulares (1963);
– los militares italianos (y sus familiares) en servicio en el territorio de un Estado parte del Tratado del Atlántico Norte (OTAN), ya que la Convención de Londres del 19 de junio de 1951 dispone expresamente que los militares en servicio en una base de la OTAN no adquieren ningún derecho de residencia permanente ni de domicilio en el territorio del Estado receptor;
– los directores de escuela, los docentes y el personal administrativo escolar destinados fuera de plantilla y enviados al extranjero en el marco de actividades escolares fuera del territorio nacional.

Presentación de la solicitud – Portal FAST-IT

Todos los usuarios pertenecientes al distrito consular que deban inscribirse en el Registro Consular (Anagrafe) de Mar del Plata o comunicar un cambio de domicilio, deberán hacerlo exclusivamente online a través del portal Fast It (Servicios Consulares Online), previa inscripción del usuario en el sistema https://serviziconsolarionline.esteri.it

Sólo los ciudadanos italiano mayores de 70 años podrán completar el formulario descargable AQUÍ y enviar la solicitud por correo postal a la siguiente dirección: Consulado de Italia en Mar del Plata – Oficina del Registro Civil – Falucho 1416 (7600) -Mar del Plata.

Una vez efectuada la registración en el portal FAST-IT, en la sección ANAGRAFE CONSOLARE E AIRE estarán disponibles los siguientes servicios:

  1. Visualizar la ficha personal

El servicio Visualizzare la propria scheda consolare  permite al usuario ya registrado en el Anagrafe consular poder visualizar, en tiempo real, un resumen de sus datos personales, tales como estado civil, hijos menores, residencia, etc.

Para solicitar la visualización de la ficha personal, es necesario escanear y adjuntar en un único archivo en formato PDF:

–    frente y dorso del documento de identidad (último D.N.I. argentino vigente);
o bien
–    pasaporte italiano vigente (las páginas donde figuran los datos personales y la fotografía).

  1. Comunicar el cambio de domicilio

Si el ciudadano italiano ya se encuentra inscripto en el registro consular de Mar del Plata, el servicio le permitirá comunicar su nueva dirección. Antes de iniciar el procedimiento online en el portal Fast It, es recomendable leer atentamente las instrucciones y tener preparados los siguientes documentos:

ADJUNTO 1: formulario firmado por el solicitante. El formulario, generado online dentro de la plataforma, deberá descargarse, imprimirse, firmarse y escanearse.

ADJUNTO 2: frente y dorso del DNI con la dirección actualizada de todos los miembros de la familia que conviven con el declarante.

ADJUNTO 3: documentación que acredite la residencia en la circunscripción consular (por ejemplo: factura de luz, gas, internet, televisión por cable o contrato de alquiler registrado en ARCA).

  1. Solicitar la inscripción en el Registro de Italianos Residentes en el Exterior (AIRE)

Este servicio permite comunicar el cambio de la residencia desde Italia a la jurisdicción consular de Mar del Plata, o desde otra sede consular a nuestra jurisdicción.
Para realizar la solicitud de inscripción, es necesario escanear y adjuntar en formato PDF los siguientes documentos:

ADJUNTO 1: formulario firmado por el solicitante. El formulario, generado online dentro de la plataforma, deberá descargarse, imprimirse, firmarse y escanearse.

ADJUNTO 2:  frente y dorso del DNI con la dirección actualizada de todos los miembros de la familia que conviven con el declarante y, en caso de poseer, documentos italianos (pasaporte, carta d’identità).

ADJUNTO 3: documentación que acredite la residencia en la circunscripción consular (por ejemplo: factura de luz, gas, internet, televisión por cable o contrato de alquiler registrado en ARCA). Si no se dispone de un comprobante de residencia, no es posible solicitar la inscripción en el AIRE.

Otra documentación a presentar para algunos casos especiales:

  1. Las personas reconocidas como ciudadanos italianos por un tribunal italiano deberán adjuntar, además de la documentación anteriormente mencionada, la sentencia de reconocimiento completa (sentencia y certificado de cosa juzgada) y las transcripciones de las actas (transcripción del acta de nacimiento en Italia y del acta de matrimonio en caso de corresponder) en el municipio italiano correspondiente.
  2. Quienes hayan realizado el procedimiento de reconocimiento de la ciudadanía directamente en un municipio italiano deberán adjuntar: transcripción del acta de nacimiento en Italia y del acta de matrimonio en caso de corresponder), certificado histórico de residencia, copia de la carta d’identità italiana y/o del pasaporte italiano, si lo tuvieran.

La información sobre el estado del trámite se notificará por correo electrónico una vez que haya sido procesado por el Consulado. También será posible consultar los últimos movimientos de la solicitud en la sección «ultime comunicazioni con il Consolato» a través del portal.

 

 

 

Perspectivas
  • https://www.esteri.it/mae/it/servizi/italiani-all-estero/aire_0.html